Prácticas Externas - Empresa
Los Servicios profesionales de la Escuela Politécnica Superior de Ingeniería de Vilanova i la Geltrú (EPSEVG) ponen en contacto a los estudiantes de Grados y Másteres con el mercado laboral creando relaciones directas entre la Universidad y las Empresas.
Nuestro equipo puede orientar a su empresa en la comprensión del mundo universitario y en el conocimiento de la oferta educativa de la EPSEVG, y ayudarle a elegir entre varias herramientas de captación y empleo.
¿Qué es una práctica académica externa?
La Escuela Politécnica Superior de Ingeniería de Vilanova i la Geltrú (EPSEVG) promueve la participación de sus estudiantes de Grado y de Másteres universitarios, en prácticas profesionales a realizar en empresas, instituciones o entidades públicas o privadas de ámbito nacional o internacional y en la propia universidad, para completar y enriquecer su formación universitaria.
Las prácticas del estudiante universitario se realizan bajo la supervisión de la escuela, y constituyen una actividad formativa que tiene por finalidad:
- Contribuir a complementar la formación del estudiante, consolidando las enseñanzas teóricas y prácticas.
- Facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional del/a ingeniero/a en que los estudiantes deberán actuar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos y fomentando su capacidad innovadora.
- Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
- Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo de los nuevos estudiantes.
Convenios de Cooperación Educativa
Las prácticas académicas externas se regularizan mediante Convenios de Cooperación Educativa que firman la empresa, el estudiante y la universidad, por un período y horas determinadas. El convenio debe garantizar que el estudiante enriquezca su formación por medio de la actividad que lleve a cabo en la empresa, quedando así definidos los objetivos en el plan de trabajo que hay que anexar al convenio.
Dado el carácter formativo de estas prácticas, de su realización no se derivan, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido puede dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Sin embargo, la empresa tiene que dar de alta al estudiante a la Seguridad Social en calidad de empresarios, tal como explicita el artículo 5 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. Encontrará más información del procedimiento para dar de alta a un estudiante en la Seguridad Social y la normativa al respecto en el enlace: www.upc.edu/cce.
¿Por qué hacer un convenio?
- Disponer de personal en formación avanzada en las áreas industriales y tecnológicas de los estudios que se imparten en el Campus UPC de Vilanova i la Geltrú.
- La naturaleza del convenio establecido entre el estudiante y la empresa es académica, no laboral.
- Computa como un gasto más de personal.
- Es necesario hacer una retención mínima en concepto de IRPF en la aportación económica que recibe el estudiante.
De acuerdo con la normativa de prácticas externas de la UPC:
- El estudiante/a debe estar matriculado durante el periodo de prácticas y tener superados más del 50% de los créditos obligatorios.
- El número máximo de horas que se pueden realizar por curso académico es de 900 horas.
- La duración del convenio de cooperación educativa curricular es de 360 horas.
- En ningún caso se pueden superar las 900 horas de estancia en la empresa en un curso académico. Según la normativa de la UPC, 30 horas de dedicación en prácticas académicas externas equivalen a 1 crédito ECTS. La dedicación máxima del estudiante en horas anuales y la duración máxima en horas totales a lo largo de los estudios a las prácticas externas es:
- Para estudios de Grado (240 créditos):
- Máximo de 900 horas/año
- Máximo de 1.800 horas a lo largo de los estudios
- Para Másteres (90 créditos)
- Máximo de 900 horas a lo largo de los estudios
- El periodo de realización de las prácticas debe estar dentro del curso académico, entre el 16 de septiembre del año natural que comienza el curso académico y el 15 de septiembre del año siguiente.
- Dentro del plan de acogida que la empresa tiene que realizar al estudiantado se incluirá la formación/información sobre Prevención de Riesgos Laborales del lugar de trabajo donde realizará las prácticas externas. A este efecto tendrá que traer el Registro del acta de acogida de la entidad colaboradora que acredita que ha recibido dicha formación.
- Los estudiantes de 28 años o más años deberán formalizar un seguro privado. A tal efecto, la UPC tiene firmado un convenio con la Correduría de Seguros CONFIDE.
- Hay que tener el seguro escolar mientras el convenio esté vigente. Actualmente el seguro escolar, cubre el periodo de un curso académico: desde el 16 de septiembre del curso académico actual, hasta el día 15 de septiembre del curso siguiente.
- La empresa deberá pagar al estudiante una cantidad de 8€/hora, como mínimo, en concepto de ayuda al estudio, y fijará en el momento de firmar el convenio.
- La UPC facturará a la empresa participante en un convenio de cooperación educativa un 15,7% sobre el total del importe de la ayuda al estudio que recibe el estudiant/a. Estas contribuciones de las empresas se consideran un servicio y, por lo tanto, están sujetas al IVA vigente. Este IVA sólo se aplica a la parte que las empresas ingresen en concepto de overhead, en ningún caso en la bolsa o ayuda al estudio.
- El convenio quedará rescindido en el momento que el estudiante finalice sus estudios. También después de la lectura del Trabajo de Fins de Grado (TFG). Una vez defendido y superado el TFG, el estudiante pierde su condición de estudiante universitarua y la finalidad del convenio queda derogada. Por tanto, el convenio deja de tener validez. Si el convenio no finaliza en el momento de leer el TFG, la empresa deberá realizar la baja.
- La fecha de inicio de las prácticas será siempre, como mínimo, una semana después de formalizar el convenio.
Accede a la Tabla resumen de las práticas con el número de horas y créditos para las diferentes opciones.
Una vez acordado con la empresa y el estudiante la formalización del convenio, el estudiante se dirigirá al SIAE - Servicio de Información y Atención al Estudiantado - del Campus para entregar los documentos, todos ellos cumplimentadosm firmados y sellados por la empresa y firmados el estudiante, al menos, una semana antes de la fecha de inicio del convenio.
Documentación necesaria:
- Convenio Prácticas Curriculares
- Convenio Prácticas Extracurriculares
- Plan de Trabajo
- Guía de Acogida Estudiantes Prácticas Externas
- El estudiante que sea mayor de 28 años deberá formalizar un seguro privado. A tal efecto, la UPC tiene firmado un convenio con la Correduría de Seguros CONFIDE.
Todas las modificaciones que se produzcan en las condiciones iniciales de los convenios, así como las bajas y las prórrogas, se comunicarán con un mínimo de 15 días de antelación.
En el caso de finalizar el período de prácticas antes de la fecha establecida en el convenio, el estudiante deberá comunicarlo al centro y hacer llegar el documento de diligencia de baja en el SIAE presencialmente o mediante el Demana EPSEVG.
Documentación
- Procedimiento general
- Manual del Tutor/a de la empresa
- Manual del gestor/a de la empresa – Bolsa de prácticas
- Registro de Acogida Estudiantes Prácticas Externas
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