Trámite: 05.04 - Solicitud de Duplicado / Reimpresión del Título y/o del SET
1. Duplicado
Procedimiento común:
La persona titulada debe comunicar formalmente al SIAE que quiere iniciar el trámite de solicitud de duplicado del título, indicando el motivo.
El trámite de solicitud de duplicado del título requiere que la persona titulada:
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Devuelva el título original a la Universidad, con excepción de los casos en que sea materialmente imposible (pérdida, sustracción, deterioro total). Sin embargo, en estos casos habrá que documentar la imposibilidad:
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a. Pérdida: hay que publicar previamente un anuncio en el BOE
La persona titulada debe hacer la solicitud a través del Demana EPSEVG adjuntando la siguiente documentación:
- • Solicitud Publicación en el BOE del anuncio por pérdida del título oficial
- Copia completa del DNI/Pasaporte vigente.
La publicación del anuncio se realizará por parte del SIAE y el importe de la tasa asociada es a cargo de la persona titulada.
Pasados 30 días naturales desde la publicación del anuncio en el BOE, la persona titulada puede solicitar la expedición del duplicado del título original adjuntando la copia del anuncio del BOE.
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b. Sustracción: hay que aportar copia de la denuncia presentada
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c. Preinscripción total: hay que aportar documento oficial que acredite el incidente (accidente, incendio...)
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Formalice por la sede electrónica de la UPC, la Solicitud al Rector de la UPC firmada.
Documentación que deberá adjuntar a la solicitud:
- La misma que se requiere para la solicitud del título original (ver Trámite 05.01)
- Documentación que acredite la pérdida, sustracción o destrucción total (ver apartado 1.)
- La documentación adicional que considere para acreditar algún dato o circunstancia (ejemplo: acreditación de la exención del pago si éste no consta en el sistema).
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Realice el pago del precio público asociado al trámite.
Una vez comprobada la documentación y confirmado el pago, la persona titulada recibirá una Comunicación electrónica con el resguardo de pago de derechos de expedición de duplicado del título oficial.
Este documento acredita la condición de persona titulada por la UPC hasta la recogida del título oficial.
2. Reimpresión
En caso de que la persona titulada quiera hacer constar en el título un cambio de datos personales, porque han cambiado con posterioridad a la tramitación de la solicitud del título original, o quiera hacer constar otro documento identificativo y nacionalidad, deberá presentar la documentación acreditativa oficial.
La persona titulada puede añadir los signos ortográficos correspondientes a la conjunción "i" o "y" entre apellidos, aunque éstos no figuren en el documento identificativo, si los quiere hacer constar en el título y en el SET.
Esta nueva impresión correrá a cargo de la persona titulada y se deberá seguir el trámite de duplicado del título por modificación de datos personales.
En los casos en que se tenga que modificar un error imputable a la Universidad, el trámite no tiene ningún coste para la persona titulada, sólo cuando el título no haya dejado nunca de estar custodiado por la Universidad (no se haya entregado nunca y, por tanto, no haya tenido efectos). En caso de que el título haya tenido efectos, se deberá seguir el trámite de duplicado del título.
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